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Derecho penitenciario y ejecución de la condena

La defensa no termina con la sentencia. En la fase de ejecución se decide la clasificación, los permisos, el tercer grado o la libertad condicional. Te acompaño también ahí, donde tanto se juega.

Derecho penitenciario y ejecución de la condena

El cumplimiento de una condena no es un trámite automático: a lo largo de la ejecución se adoptan numerosas decisiones que afectan de lleno a la vida de la persona y de su familia. La clasificación en grado, los permisos de salida o la libertad condicional pueden adelantar de forma muy significativa la recuperación de la libertad.

Intervengo ante la Administración penitenciaria y ante los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria para defender tus derechos en cada una de esas decisiones, recurriendo aquellas resoluciones que te perjudican y solicitando los beneficios a los que puedas optar.

La ejecución también se defiende

Frente a las resoluciones de la Administración penitenciaria cabe recurso ante el Juez de Vigilancia, y frente a las de este, ante la Audiencia. Conocer bien estos cauces y los plazos permite reaccionar a tiempo y mejorar la situación penitenciaria: progresar de grado, obtener permisos o acceder antes a la libertad condicional.

Principales decisiones de la fase de ejecución

Estas son algunas de las cuestiones en las que presto asistencia durante el cumplimiento de la condena:

  • Clasificación y progresión de grado, incluido el tercer grado.
  • Permisos de salida ordinarios y extraordinarios.
  • Libertad condicional y sus distintas modalidades.
  • Expedientes disciplinarios y recursos frente a sanciones.

Supuestos en los que intervengo

Clasificación y grado

Defensa de la clasificación adecuada y solicitud de progresión, incluido el tercer grado.

Permisos de salida

Solicitud y recurso en materia de permisos ordinarios y extraordinarios.

Libertad condicional

Tramitación del adelantamiento y de las distintas modalidades de libertad condicional.

Expedientes disciplinarios

Defensa frente a sanciones y recursos ante el Juez de Vigilancia.

Comunicaciones y visitas

Régimen de comunicaciones, visitas y vis a vis.

Indulto y cambio de centro

Solicitudes de indulto, acumulación de condenas y traslado de centro.

Cada caso es único. La información de esta página es orientativa y no sustituye el asesoramiento personalizado. Para valorar tu situación concreta, ponte en contacto y lo estudiamos juntos.

Preguntas frecuentes

Dudas habituales sobre tratamiento penitenciario

¿Qué es el tercer grado y cuándo se puede pedir?

El tercer grado es el régimen de semilibertad que permite cumplir la condena en condiciones de mayor autonomía. Puede solicitarse cuando concurren los requisitos legales y de tratamiento. Su concesión depende de múltiples factores que conviene preparar y defender.

Me han denegado un permiso de salida, ¿puedo recurrir?

Sí. Las decisiones sobre permisos son recurribles ante el Juez de Vigilancia Penitenciaria y, en su caso, ante la Audiencia. Analizamos la motivación de la denegación para articular un recurso bien fundado.

¿Se puede pedir el indulto?

El indulto es una medida de gracia, excepcional, que requiere una solicitud motivada y la concurrencia de razones de justicia, equidad o utilidad pública. Estudiamos su viabilidad y preparamos la petición cuando el caso lo aconseja.

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